SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0983/2015-S3
Fecha: 12-Oct-2015
excepción de extinción de la acción penal por prescripción
Así, en la problemática jurídica venida en revisión se tiene que, los Vocales hoy demandados, al dictar la Resolución cuestionada, y resolviendo los agravios de la apelante respecto a la excepción de extinción de la acción penal por prescripción que fuere declarada probada por el Juez a quo, sustentaron una fundamentación y motivación en forma clara y precisa, expresando los argumentos necesarios para la determinación asumida; toda vez, que en el Considerando III acápite segundo, tercero y cuarto, realizaron una exegética y concisa explicación de por qué en el presente caso no resultaría concurrente la extinción de la acción penal por prescripción, dentro del marco del plexo jurídico-jurisprudencial y aspectos fácticos expuestos en la misma; evidenciándose que contiene la suficiente y debida fundamentación como motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto de la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo
- III.2.2. Respecto al incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa
- excepción de extinción de la acción penal por prescripción
- corresponde sea denegada
- la falta de resolución de su situación jurídica