SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1001/2015-S2
Fecha: 14-Oct-2015
II.2.
II.2. Por memorial de 15 de mayo de 2014 Zulema Irma Ayarachi Quispe plantea recurso jerárquico, resuelto a través de la Resolución Administrativa 99/2014 de 15 de septiembre, por la que se confirma la Resolución de Recurso de Revocatoria 001/2014 de 9 de mayo, disponiendo la ejecutoria del memorándum 015 de 14 de marzo de 2014. Ejecutoriada la referida Resolución Administrativa por resolución de 26 de septiembre de 2014 emitida por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí Félix Gonzales Bernal, emitiéndose en consecuencia el memorándum 022/14 de 7 de octubre del 2014, de agradecimiento de servicios, recibido por la impetrante de tutela el 13 de octubre de 2014 (fs. 20 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Sobre los servidores públicos provisorios y de carrera
- Fragmento 13
- III.2. El derecho al debido proceso previo de servidoras y servidores públicos, independientemente de la clase que ostenten, cuando son acusados por la supuesta comisión de faltas en el ejercicio de sus funciones
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo