Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1005/2015-S2
Fecha: 14-Oct-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La representante del accionante, a través de su abogado, ratificó los términos expresados en su demanda, añadiendo lo siguiente: Las demandados son extranjeros de nacionalidad brasileña y la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su art. 396 relacionado con el art. 46 de la Ley del Servicio Nacional De Reforma Agraria (LSNRA), prohíbe a estas personas adquirir propiedades del Estado, debiendo hacerlo en todo caso en el marco de la ley, cumpliendo con todas las formalidades y no de manera arbitraria y abusiva como lo hicieron con los habitantes de la comunidad “Nueva Esperanza 12 de julio” avasallándolos sin orden legal alguna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.
- III.1. La acción de amparo constitucional ante medidas de hecho en relación con el derecho de propiedad y su protección directa e inmediata al margen del principio de subsidiariedad
- Fragmento 12
- III.2. Sobre los presupuestos de activación del amparo constitucional frente a acciones vinculadas a medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR