SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

II.2.

II.2.    Impugnada la Resolución de primera instancia, dictada en el proceso laboral social citado en la Conclusión precedente; la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 116/2012 de 18 de mayo, por el que, revocó la Sentencia 048/2010, declarando por ende, probada la demanda, disponiendo la reincorporación de la accionante a su fuente de trabajo en las mismas funciones que desempeñaba hasta antes de su desvinculación laboral con el pago de sus sueldos devengados y demás derechos colaterales por el período restante como dirigente sindical; es decir, hasta el 2 de enero de 2010, en tanto no hubiera prestado sus servicios durante el tiempo cesante en entidades estatales o privadas. El fallo anotado, refirió que entre la demandante y la entidad demandada, existió una relación obrero-patronal con todas las características establecidas en el DS 28699 de 1 de mayo de 2006; existiendo sin embargo, evidente omisión en su despido, considerando que, al momento de ser retirada de su ítem en “enero” de 2009, gozaba de fuero sindical, al haber sido electa como Secretaria General por las gestiones 2008 a 2010, constando en consecuencia, un retiro intempestivo, injustificado e ilegal; concerniendo en dicho mérito, la cancelación de sus sueldos devengados y demás derechos por el periodo restante como dirigente sindical, no habiéndose demostrado que se hubiera seguido contra ella un proceso interno de desafuero sindical que ampare el despido tantas veces citado (fs. 155 y vta.).