SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

las personas que no han nacido aún,

De la normativa desarrollada anteriormente, se colige la máxima protección a la que se halla compelido el Estado respecto a la maternidad, tomando en cuenta el amparo que merece no sólo la madre trabajadora en gestación, sino también y fundamentalmente el nuevo ser; toda vez que, conforme a lo señalado por la SC 1871/2003-R de 15 de diciembre: “…las personas que no han nacido aún, por la simple calidad de ser humanos, tienen garantizada la protección de sus derechos fundamentales desde el momento mismo de la concepción. Así lo proclaman también diversos tratados internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica en su art. 4.1” (las negrillas nos pertenecen). Agregando, la SC 1688/2004-R de 19 de octubre: “…preservando al no nacido en aquello que le es connatural y esencial: la vida, la salud, la integridad física, etc…’” (las negrillas fueron adicionadas).