SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1006/2015-S2

Fecha: 14-Oct-2015

III.2.2. Abstracción del principio de subsidiariedad

             Efectuada la precisión relativa a la inamovilidad laboral por embarazo, del que gozan tanto la madre como el progenitor del ser en gestación, compele señalar que, si bien la acción de amparo constitucional tiene naturaleza esencialmente subsidiaria; es decir que, procede siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos fundamentales o garantías constitucionales alegadas como vulneradas; ésta se prescinde en las problemáticas sobre el particular, por cuanto, tomando en cuenta el daño irreparable que podría ocasionarse de no obtener una tutela inmediata y efectiva, la jurisdicción constitucional se activa, pese a la existencia de otros medios ordinarios de defensa regulados al efecto en el ordenamiento jurídico.