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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2015-S1

    Fecha: 30-Oct-2015

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución de 13 de mayo de 2015, cursante de fs. 72 a 76, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Loyda Almanza Córdova en representación legal de Marisol Almanza Córdova contra Alexei Orellana Romero, Juez Segundo de Instrucción Mixto y cautelar de Tarata del departamento de Cochabamba.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • a)
    • 1)
    • I.2.3. Interposición de los terceros interesados
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Entonces, para desestimar la rigidez del principio de subsidiariedad, frente a una protección tardía y la inminencia de un daño irremediable e irreversible, el presunto agraviado debe cumplir con todos los aspectos antes señalados precedentemente, frente a ello, la justicia constitucional podrá abrir su competencia prescindiendo del principio de subsidiariedad; sin embargo, lo que no está permitido es que a título de un daño irreparable o irremediable se pretenda utilizar a la jurisdicción constitucional como una instancia paralela de la ordinaria o, querer suplir con ella las negligencias o desidias de las partes
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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