Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1019/2015-S2
Fecha: 15-Oct-2015
Fragmento 16
Asimismo, la SC 0078/2010-R de 3 de mayo, estableció subreglas, respecto a cuándo se considera un acto dilatorio en el trámite de la cesación de la detención preventiva, que fue complementada por la SC 0384/2011-R de 7 de abril, en cuyo incido d) agregó: “Por ello, resulta necesario complementar las sub-reglas establecidas en la SC 0078/2010-R, citada precedentemente, en sentido de que: ‘…se considera acto dilatorio en el trámite de la cesación de la detención preventiva:…’ (…); también cuando:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.3. Del recurso de apelación incidental en medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en todo