SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1020/2015-S1

Fecha: 30-Oct-2015

v)

v)          En referencia a que los testigos presenciales no fueran vecinos del testador; se tiene que, el fallo cuestionado refirió que: “corresponde remitirnos a la documental cursante de fojas 13 a 15 (cédulas de identidad) de las cuales se evidencia que las tres testigos cuentan con su documentos de identidad expedidos en Chuquisaca, siendo sus domicilios en la ciudad de Sucre al igual que el del occiso, por lo que se procedió conforme lo estipula el artículo 1132 del CC y los artículos 17 y 22 de la Ley del Notariado de 5 de marzo de 1858 y por consiguiente tampoco hay