SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1027/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1027/2015-S3

Fecha: 29-Oct-2015

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

La accionante considera como lesionados sus derechos a la petición, a la libertad de reunión y asociación, a no sufrir violencia, al trabajo, a dedicarse a una actividad lícita y la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 15.II y III, 21.4 y 24, 46.II, 47.I, 109.I, 115.I y 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, XXIV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.