SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1031/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1031/2015-S2

Fecha: 19-Oct-2015

II.3.

II.3.  Cursa informe de 9 del mencionado mes y año, por el cual, el investigador asignado al caso Jaime Mamani Condori informó a la Fiscal de materia de la UDST, en cumplimiento a requerimiento fiscal de la fecha, constituyéndose en el Condominio “Mapajo II”, sito en avenida alemana, segundo anillo, conjuntamente Carlos Miguel Lizarazu Baptista, personal de la Defensoría de la Niñez y la Adolescencia, a objeto de verificar el departamento 7B, piso 7; teniendo conocimiento de que dos niños solos habían sido encontrados en una habitación de un alojamiento, en circunstancias en que se realizaba un operativo por denuncia de violación perpetrado en el referido alojamiento, contactado el padre de los menores, refirió que sus hijos se encontraban en el hospedaje a raíz de que el propietario del departamento, había impedido su ingresó al mismo, dejándolos en la calle con la ropa en el cuerpo; en coordinación con la Defensoría de la Niñez y Adolescencia se dirigieron al Condominio “Mapajo II”, para recoger la ropa y material escolar de los niños. Contactados con personal de seguridad de condominio “Mapajo II”, previa identificación como funcionario policial de la FELCC y Ministerio Público, explicando el motivo de su presencia, solicitaron ingresar al departamento 7B, piso 7, en presencia de Carlos Miguel Lizarazu Baptista, a objeto de verificar si era evidente haberse cortado los servicios básicos y recoger vestimentas y material escolar de los niños, uno de los guardias de seguridad, señaló que Carlos Miguel Lizarazu Baptista, no podía ingresar por orden del propietario del departamento Marco Antonio Altamirano Valdez; solicitando contactarse con el administrador, salió una señora que no quiso identificarse, quien autorizó el ingreso, en el departamento 7B se pudo constatar que la puerta estaba asegurada con una armella y con un candado marca “papaiz”, verificar que el servicio de agua potable estaba cortado, ante esto previa toma de placas fotográficas a la puerta y el medidor de agua, se retiraron del lugar ante la imposibilidad de acceder al interior del departamento 7B, piso 7. Al encontrarse abandonando el lugar arribaron dos personas de sexo masculino en una motocicleta, quienes se identificaron como guardias de la empresa de seguridad escolta privada, quienes informaron constituirse para resguardar el departamento 7B por orden de Marco Antonio Altamirano Valdez (fs. 28 y vta.).