SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2015-S2

Fecha: 27-Oct-2015

i)

Lidia Vega Rodríguez, Gladiz Carvajal Velásquez, Regina Carrizo Rengifo y Luis Rocabado Ortiz, Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Incahuasi provincia Nor Cinti del departamento de Chuquisaca; y, Martín Ávila, José Luis Carmona, Eva Cano, Ángelo Subia Mamani y Hermelinda Cano Rengifo, miembros del Control Social del referido Municipio, mediante su Asesor Jurídico, en audiencia de manera oral, informó que: i) El 16 de diciembre de 2014, el Concejo Municipal destituyó al accionante del cargo de Alcalde a.i. por diversos actos de corrupción y mala administración en el ejercicio de sus funciones; ii) Como se puede advertir del contenido de las Resoluciones Municipales 110/2014 y 031/205, en ninguna parte se le negó al accionante el derecho a defenderse, ni se vulneró la presunción de inocencia; además, dicha suspensión no le coarta la posibilidad de reasumir sus funciones de Concejal electo; iii) El accionante sostiene que se le habría obligado a firmar su renuncia, lo que no es cierto, simplemente se le obligó a firmar un acta, y no así su carta de renuncia, ya que eso no está establecido en la Ley; por lo que, no se ha vulnerado sus derechos fundamentales; y, iv) El Concejo Municipal no revocó el cargo de Concejal electo al accionante; además, existe la posibilidad de reconsiderar las leyes o resoluciones municipales emitidas, ampliando, modificando o anulando puesto que autónoma conforme la Constitución Política del Estado y las Resoluciones Municipales 110/2014 y 031/2015 fueron emitidas por el Concejo Municipal de Incahuasi, lo que presume su constitucionalidad o legalidad mientras no se compruebe lo contrario.