Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1072/2015-S2
Fecha: 27-Oct-2015
II.2.
II.2. El 16 de diciembre de 2014, el Concejo Municipal de Incahuasi emitió la Resolución Municipal 110/2014, mediante la cual dejó sin efecto la Resolución Municipal 0127/2011 y designó a Aurora Meza Huanca en el cargo de Alcaldesa Municipal a.i. (fs. 5 a 6); Resolución Municipal que ameritó que el 21 de diciembre de 2014, el accionante solicite al Concejo Municipal su reconsideración alegando la manifiesta ilegalidad; y, que en consecuencia, se le restituya a su cargo de Alcalde Municipal a.i. (fs. 10 a 11).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente”
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Del derecho al ejercicio de la función pública
- III.3. El derecho al debido proceso
- III.4. De la normativa aplicable para la convocatoria a sesiones extraordinarias y designación de autoridades interinas en los Gobiernos Autónomos Municipales
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.5.1. Respecto a la vulneración de su supuesto derecho a ejercer las funciones públicas por parte del accionante
- III.5.2. Respecto a la vulneración al debido proceso
- REVOCAR