Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la motivación y congruencia de las resoluciones judiciales, a la valoración integral de la prueba, a la propiedad y a la tutela judicial efectiva, debido a que el AS 356 de 28 de agosto de 2014, no se encuentra motivado y congruente, al no haber resuelto el primer agravio de su recurso de casación que es la interpretación del art. 138 del CC, realizando además una incorrecta valoración de la prueba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- los accionantes deben hacer una sucinta pero precisa relación de vinculación
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iv)
- v)
- d)
- e)
- 1)
- 3)
- 6)
- debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- Otra de las finalidades que justifica la exigibilidad de una resolución motivada es la de garantizar la posibilidad de control de la resolución en cuestión-judicial, administrativa, etc.- por los tribunales superiores que conozcan los correspondientes recursos o medios de impugnación,
- I
- 1° REVOCAR en parte