SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1056/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1056/2015-S3

Fecha: 03-Nov-2015

I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

En audiencia complementaron refiriendo que, el proceso se realizó en base a informes del Departamento de Operaciones del Sistema de Movilidad Urbana del Gobierno Autónomo Municipal de Cochabamba, que llevó a cabo inspecciones y verificaciones en el marco de lo preceptuado en la OM 2998/2013 de 10 de abril, mediante la cual se aprobó el procedimiento del servicio, constatándose conjuntamente los representantes del Sindicato de taxi trufis “8 de Mayo”, juntas vecinales y organizaciones sociales que en la ruta no había ningún socio de la Cooperativa de Transporte “6 de Agosto” Ltda -ahora accionante-, afiliada a la federación especial por lo que en el marco de lo preceptuado en el art. 105 inc. d).6 del “Reglamento Municipal para el Servicio de Transporte de Pasajeros del Municipio”, se procedió a sancionar al operador, dándose estricto cumplimiento a la normativa específica por lo que no se vulneraron derechos.