Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2015-S3
Fecha: 03-Nov-2015
II.2.
II.2. Mediante Resolución 01/2015 de 16 de marzo, el Consejo Estudiantil de Dirigentes Universitarios de la UABJB compuesto por veintiséis universitarios resolvió proceder al acortamiento de mandato de la gestión 2012-2015, de la directiva de la FUL, Centros Estudiantiles Facultativos, de Carrera, Instituto y escuela; convocando inmediatamente a elecciones para la gestión 2015-2018, para abril de 2015 (fs. 80 a 82).
- acción de amparo constitucional
- 1
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- a) cuando se omite en etapa de admisión del recurso el cumplimiento de alguno de los requisitos y no se subsanan los mismos dentro del plazo de ley, se da lugar al rechazo; y b) si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR