SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2015-S3

Fecha: 03-Nov-2015

II.5.

II.5.    Por nota de 31 de marzo de 2015, el hoy demandado, dio respuesta al accionante, señalando que no se encuentra dentro de sus atribuciones previstas en el art. 24 del Estatuto Orgánico Estudiantil, anular la convocatoria del proceso eleccionario para nuevas autoridades universitarias, siendo el Consejo Estudiantil de Dirigentes Universitarios, una instancia inferior que solo puede sugerir a la Asamblea General Estudiantil Universitaria mas no modificar sus determinaciones, por lo que no corresponde convocar a dicho Consejo (fs. 6).