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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1069/2015-S3

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.3.

    II.3.  Mediante Auto de Vista de 12 de mayo de 2015, Gina Luisa Castellón Ugarte y Lineth Marcela Borja Vargas, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -ahora demandadas-, declararon improcedente el recurso de apelación incidental planteado por el ahora accionante, confirmando el Auto interlocutorio de 4 de dicho mes y año           (fs. 114 vta. a 116 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • a) exista apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • ii)
    • iii)
    • REVOCAR

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