SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1086/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

a)

Nino Oscar Arturo Murillo Gonzalez Aramayo, abogado y representante de Juan José Ramírez Suárez, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, en audiencia manifestó lo siguiente: a) El accionante debe acompañar prueba en la que funda su acción, y señalar el lugar donde se encuentra, no existiendo en el presente caso ninguna que demuestre que el referido realizó el seguimiento al trámite que habría planteado; b) Una vez recibida la Conminatoria 008/2015, se emitió el memorándum 002/2015 de 26 de marzo, por el cual se dispuso la reincorporación del actual accionante al mismo cargo y con el mismo ítem anteriormente asignado, lamentablemente el nombrado no se apersonó a su fuente de trabajo, no habiendo hasta la fecha -30 de abril de 2015- recogido el citado memorándum de reincorporación, pese a las reiteradas llamadas al número de celular “72197454”, por lo que no existe motivo que funde la acción de amparo constitucional ni la denuncia de vulneración a los derechos y garantías constitucionales; y, c) Considerando la falta de sustento legal y presentando en audiencia el memorándum referido para la reincorporación inmediata del accionante a su fuente de trabajo, solicitó el rechazo de la acción tutelar planteada al no evidenciarse ningún tipo de vulneración.