Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2015-S3
Fecha: 05-Nov-2015
II.2.
II.2. Por Sentencia 14/2012 de 17 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del departamento de La Paz, falló declarando a la hoy tercera interesada como autora de la comisión del delito de homicidio por emoción violenta, condenándole a la pena privativa de libertad de seis años de reclusión en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes del mismo departamento (fs. 6 a 20).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- III.2.
- CONFIRMAR