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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1097/2015-S3

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.5.

    II.5.  Mediante Auto de Vista 32/2014 de 2 de mayo, los Vocales hoy demandados declararon admisible el recurso de apelación restringida, procedente las cuestiones planteadas; y en consecuencia, se extinguió la acción penal por duración máxima del proceso con las formalidades de ley (fs. 41 a 49 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
    • es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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