SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1100/2015-S1

Fecha: 05-Nov-2015

a)

En la réplica manifestó que: a) No es cierto lo informado por Sonia Acuña Valverde, Jueza Tercera de Partido Civil y Comercial del departamento de Chuquisaca, ya que se cumplió con los requisitos para interponer la acción de amparo constitucional; b) Referente a la falta de legitimación pasiva, la “SCP 02/2015”, señaló que la responsabilidad es personal e institucional, motivo por el cual también demandaron a la autoridad actual; y, c) El apelante solicitó la revocatoria o nulidad de notificación, pero no la nulidad del proceso hasta antes del remate.