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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2015-S1

    Fecha: 05-Nov-2015

    II.11.

    II.11.Los Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de 10 de abril de 2014, anularon obrados hasta el proveído de radicatoria inclusive, y al no existir nada por tramitar, ordenaron al Juez a quo la remisión del expediente al Tribunal de alzada (fs. 348).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  De la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 16
    • III.3.  Sobre la nulidad de los actos procesales
    • un acto procesal es susceptible de nulidad solo cuando es reclamado oportunamente o cuando el litigante no tuvo conocimiento de la existencia del proceso, hecho que le causo indefensión, afectando su derecho a la defensa
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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