Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1106/2015-S1
Fecha: 05-Nov-2015
II.2.
II.2. El Juez Segundo de Partido y Sentencia Penal de Montero del departamento de Santa Cruz, admitió la demanda ordenando se corra traslado a los presuntos propietarios o quienes se creyeran con derecho sobre el inmueble, de igual forma se cite a la Honorable Alcaldía Municipal de Warnes y que se proceda a la citación de los demandados mediante edictos de prensa (fs. 38).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.3. Sobre la nulidad de los actos procesales
- un acto procesal es susceptible de nulidad solo cuando es reclamado oportunamente o cuando el litigante no tuvo conocimiento de la existencia del proceso, hecho que le causo indefensión, afectando su derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR