Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2015-S1
Fecha: 06-Nov-2015
II.6.
II.6. Mediante memorial interpuesto el 20 de agosto de 2011, por el accionante y dos de sus hermanas, dentro del proceso ejecutivo objeto de la presente demanda de acción de amparo constitucional, solicitó suspensión de proceso y aplicación del art. 55 del CPC.1997, bajo los siguientes fundamentos: En ejecución de sentencia, con motivos de petición de desapoderamiento se practicaron notificaciones a su padre con mucha posterioridad a su fallecimiento. Por decreto de 22 de agosto de igual año, se determinó que tratándose de garante hipotecario no era posible aplicar el referido artículo (fs. 26 y vta.).
- acción de amparo
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De los actos consentidos y la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR