SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1134/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 13 de febrero de 2015, presentó querella penal contra Benedicto Llave Quispe y otros, por la presunta comisión de los delitos de despojo y perturbación de posesión, causa que radicó en el Juzgado Mixto de Partido, de Sentencia Penal y Público de la Niñez y Adolescencia de Challapata del departamento de Oruro a cargo de la autoridad ahora demandada, quien luego de tramitar varios actuados procesales, como la resolución de objeción de querella, audiencia de conciliación y de inspección, entre otros, emitió de oficio Auto de declinatoria de competencia de 1 de abril de 2015, con el cual se le notificó el 7 del mismo mes y año; sin embargo, la oficial de diligencias del referido Juzgado de forma maliciosa registró la notificación como si hubiese sido practicada un día antes, es decir, el 6 del citado mes y año.

El 7 de abril de 2015, intentó presentar memorial de solicitud de complementación y enmienda respecto del mencionado Auto; empero, lo presentó días después, debido a que el 7 y 8 del mismo mes y año, el referido Juzgado se encontraba cerrado en razón a una audiencia de inspección que tenía el Juez ahora demandado en la localidad de Salinas de Garci Mendoza del departamento de Oruro, conforme le informaron otros funcionarios.

Su solicitud fue rechazada por la autoridad judicial ahora demandada mediante decreto de 9 de abril de 2015, siendo notificado el mismo día en el tablero de notificaciones, remitiéndose también en esa fecha el proceso ante el                        Juzgado Agroambiental de Challapata del departamento de Oruro de forma apresurada; por lo que, no pudo presentar apelación incidental contra el aludido Auto de declinatoria de competencia.