SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

III.

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al “ejercicio de la autonomía”, a la facultad ejecutiva, al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia, a una debida fundamentación, motivación y congruencia y a la igualdad, por cuanto la autoridad demanda, quien conoció como Juez de garantías, la acción de amparo constitucional interpuesto por Armando Mamani Arauz contra el Banco Unión S.A. -ambos ahora terceros interesados-, disponiendo a consecuencia de la concesión en parte de la tutela la remisión de la petición de éste ante la Dirección General de Administración y Finanzas Territoriales dependiente del Viceministerio de Economía y Finanzas Públicas, para su pronunciamiento; sin embargo, sin respetar su propia decisión, mediante orden judicial emitida por dicha autoridad demandada de manera totalmente inverosímil ordenó la habilitación de firmas para el manejo de cuentas corrientes fiscales a favor de Armando Mamani Arauz, contradiciendo y desdiciendo la esencia de su propia Resolución de 20 de enero de 2015.