Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1143/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante por medio de su representante, denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en su vertiente de motivación y fundamentación, y la tutela judicial efectiva, por cuanto las autoridades judiciales demandadas emitieron Auto de Vista 269/2014, que carece de motivación y fundamentación, además de no responder a los puntos de agravio expuestos en el recurso de apelación, limitándose a señalar que por el art. 517 del CPC, la jueza a quo debe ejecutar la sentencia conforme a la cosa juzgada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del derecho al debido proceso
- la fundamentación y motivación obliga a la autoridad jurisdiccional a exponer la justificación de su decisión, con la pretensión de lograr que las partes y el auditorio universal posible de la comunidad jurídica, queden persuadidos de que esta resolución dentro del universo posible de casos, resulta ser la más acertada
- III.2. Análisis del caso concreto
- d)
- f)
- 3)
- 4)
- 5)
- III.3. Otras consideraciones
- 2º Se llama la atención