SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2015-S2

Fecha: 10-Nov-2015

i)

Valentín Matías Santos, Secretario General, Cristóbal Chambi, Secretario de Transportes, Pastor Santos, ex Secretario de Transportes, Zenobio Herrera Cajmbi, Secretario de Relaciones Públicas y Lucas Matías Herrera, Secretario de Justicia, todos de la Comunidad de Iquiluyo, en audiencia informaron que: i) Cristóbal Chambi, se encontró de casualidad con el accionante en la cantera quien le manifestó que estaban manejando una volqueta con placa cambiada, a lo que el Secretario de Transportes le indicó que cuidado tenga problemas en la Comunidad de Chiaraque y le advirtió que no ingrese con esa movilidad a Iquiluyo; sin embargo, el accionante haciendo caso omiso de la advertencia, ingresó a la Comunidad con una volqueta de color azul y días después con otro motorizado de color guindo ambas con la misma placa; es decir, que estaba cambiando de placas las volquetas porque tiene documentos falsos, debido a que únicamente tiene autorizado el ingreso de la volqueta guinda; ii) Respecto a la solicitud efectuado por Juan Gabriel Bautista, en ningún momento se negó el mismo, debido a que en esos días estaba de viaje trasladando ladrillos y cuando le llamó, él no le contestó; y, iii) Respondiendo a las preguntas efectuadas por el Juez de garantías señaló que: a) Orgánicamente la Comunidad está organizada internamente por el Secretario General, de Transporte Justica, Relaciones Públicas y otros; y externamente refieren que esta el Sindicato, la Sub Central, Ejecutivo Provincial y luego el Departamental; b) Cuando se toma una decisión no se puede acudir, quejar o reclamar las determinaciones, ya que no se puede modificar las decisiones de las bases que es lo máximo; y, c) Se tomó la decisión de suspensión en una asamblea de la Comunidad de Iquiluyo, que el accionante tenía conocimiento, pero llego tarde.