SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1149/2015-S2

Fecha: 10-Nov-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante refiere que se vulneró sus derechos al trabajo, al debido proceso en sus vertientes de derecho a la defensa, a la igualdad y  a la contradicción, así como el derecho de petición, toda vez que en su condición de transportista de piedra caliza de la Comunidad Iquiluyo a SOBOCE S.A:, el 14 de marzo de 2015 el Secretario General ahora demandado le comunicó la decisión que a partir del mes de mayo de igual año, quedaba suspendido para efectuar dicha labor, por haber incumplido con las obligaciones de la Comunidad; determinación que también fue comunicada a SOBOCE S.A., consecuentemente el 14 de abril de 2015, solicitó a la indicada autoridad reconsidere la suspensión de sus actividades laborales, pedido que no fue respondido, por lo que reiteró su solicitud el 22 de igual mes y año, sin haberse obtenido respuesta alguna.