SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1159/2015-S1

Fecha: 06-Nov-2015

Fragmento 17


El art. 54.1 del CPP, determina que la función del juez de instrucción en lo penal, es ejercer el control de la investigación, pudiendo el imputado realizar la defensa de sus derechos y garantías desde el primer momento del proceso, conforme lo señala el art. 5 la misma normativa que: “El imputado podrá ejercer todos los derechos y garantías que la Constitución, las Convenciones y los Tratados internacionales vigentes y este Código le reconozcan, desde el primer acto del proceso hasta su finalización”.