Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1182/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
II.5.
II.5. Como respuesta al recurso de apelación señalado ut supra, cursa Auto 55/2015 de 8 de mayo; por el cual las autoridades demandadas, rechazaron el mismo, debido a que su pretensión no se adecua a lo regulado por los arts. 179, 180 y 214 al 216 de la LRE, y haber operado la preclusión en cuanto a la oportunidad de su interposición (fs. 94 a 96).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por otra a su nombre con poder suficiente
- o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería
- apoderado con poder especial suficiente
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR