SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1219/2015

Fecha: 12-Nov-2015

II.1.

II.1.    Dentro de la demanda ordinaria de reconocimiento de mejor derecho propietario, reivindicación de bien inmueble, demolición de construcciones clandestinas, acción negatoria, desocupación y entrega del bien formulada por Marcos Pozo Sánchez en representación de María Consuelo Vargas Albornoz contra el hoy accionante, Eduardo Villarroel Flores (fs. 47 a 49 vta.); la Jueza Novena de Partido Civil y Comercial del departamento de Cochabamba dictó la Sentencia de 18 de octubre de 2013, declarando probada la demanda de reivindicación, de declaratoria de mejor derecho propietario y la acción negatoria; e improbada la demanda reconvencional de usucapión planteada por el demandado (fs. 70 a 73), así como las excepciones opuestas de falta de legitimación procesal, falta de acción y derecho, prescripción y falsedad interpuestas igualmente por la parte demandada; ordenando en consecuencia a éste desocupar el inmueble ubicado en la av. Circunvalación, zona de Mayorazgo, lote 10, manzana 384, distrito 1 de la urbanización “Patria”, restituyéndolo a favor de la demandante a tercero día computable a partir de la ejecutoria del fallo, bajo conminatoria de desapoderamiento; sin lugar a reconocerse las mejoras introducidas en el inmueble por tratarse de construcciones ilegales. Sin costas, por ser juicio doble, de acuerdo al art. 198.III del CPC (fs. 341 a 350 vta.).