SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1257/2015-S2

Fecha: 12-Nov-2015

II.10.

II.10.  Del certificado expedido por el Presidente de la Cooperativa Agropecuaria “El Norte Cruceño Ltda.”, de agosto de 2013, se evidencia la existencia de una deuda del accionante, con la entidad financiera mencionada, por la suma de $us7500.- (siete mil quinientos dólares estadounidenses) (fs. 23). De otro lado, de fs. 24 a 36, cursan estudios médicos, como informes ecográficos, endoscópicos, certificados médicos, y recetas médicas, que evidencian los problemas de salud del hoy accionante, así como los gastos médicos ineludibles para la recuperación de su estado de salud emergente de las recetas expedidas; teniendo entre otros, problemas vesicales, gástricos, esofágicos, oftalmológicos, así como, molestias ocasionas por enfermedades de próstata y artrosis; y, su esposa, por artritis reumatoide, y post operatorio de hernia.