Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1309/2015-S2
Fecha: 16-Nov-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante a través de su representante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, congruencia, pertinencia, a la defensa, propiedad privada, acceso a la tutela judicial efectiva y principio de verdad material, citando al efecto los arts. 115 y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Debido proceso y
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR en todo