AUTO CONSTITUCIONAL 0341/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0341/2015-RCA

Fecha: 16-Dic-2015

2º Ordenar

2º Ordenar al Juez de garantías, cumplir con lo previsto por los arts. 35, 36, 37 y 38 del Código Procesal Constitucional, a objeto de que observe el procedimiento respectivo, y estando admitida la presente acción de amparo constitucional, someta la causa al trámite conforme a procedimiento y en audiencia pública de consideración, se resuelva según corresponda en derecho.