Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0107/2015
Fecha: 16-Dic-2015
admitió
Por AC 0333/2014-CA de 17 de septiembre, cursante de fs. 59 a 63, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional admitió la acción de inconstitucionalidad abstracta y dispuso se ponga en conocimiento de Antonio Germán Gutiérrez Gantier, Presidente del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, en su condición de personero del Órgano que generó la norma impugnada, a objeto que pueda formular los alegatos que considere pertinentes.
- a
- admitió
- 1)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- g.
- ARTÍCULO 166.- (CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO).
- Artículo 270.
- Artículo 272.
- i)
- III.1. Naturaleza jurídica y alcances de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- Fragmento 11
- III.
- II.
- III.2.2. Sobre el cargo de inconstitucionalidad del art. 6 inc. g) de la Ley del Reglamento General del Concejo Municipal de Sucre, respecto de otorgar a dicho ente deliberante la facultad de “observar o rechazar” el Programa y POA remitido por el Órgano Ejecutivo Municipal
- III.2.3. Sobre el cargo de inconstitucionalidad del art. 166 de la Ley del Reglamento General del Concejo Municipal de Sucre, respecto de la remisión del Alcalde Municipal a la Comisión de Ética para su procesamiento correspondiente por incumplimiento de lo determinado e instruido por el Pleno de Concejo Municipal
- 3°