Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2015-S3
Fecha: 02-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala como vulnerados los derechos invocados en la presente acción tutelar; puesto que, los Vocales demandados, al momento de pronunciar el Auto de Vista 268/2014 de 29 de septiembre, no valoraron correctamente la prueba; por lo que, dicho fallo en su parte considerativa es incongruente y se encuentra indebida e insuficientemente fundamentado y motivado, al no haber efectuado un análisis pormenorizado de los antecedentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2.1. En cuanto a la falta de congruencia y motivación
- III.2.2. Acerca de la falta de fundamentación
- CONFIRMAR