SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1223/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

Fragmento 2

Encontrándose con detención domiciliaria, de manera voluntaria se sometió a procedimiento abreviado con el fin de poder obtener el indulto, es así que en la audiencia fijada para el 29 de julio de 2015, a horas 10:00, se pronunció Sentencia condenatoria en su contra; momento desde el cual sin que exista mandamiento alguno le exigieron que permanezca en el Juzgado, conduciéndola posteriormente a carceletas del Tribunal Departamental de Jusiticia de La Paz, sin haber considerado que se encontraba legalmente con detención domiciliaria de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución 37/2015 de 27 de enero, y que en ningún momento se pidió la revocatoria de medidas sustitutivas a la detención domiciliaria; es decir, que para fines de ley aún se encontraba gozando de dichas medidas, y lo único que correspondía al Juez Decimoprimero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -ahora demandado- era cumplir con lo previsto en el art. 430 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no existiendo norma alguna que permita al referido Juez de forma directa cumplir su propia orden, sino que tal proceder corresponde en todo caso al Juez de Ejecución Penal al existir una sentencia condenatoria.