Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1249/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
II.2.
II.2. Por RM 126/2012 de 20 de marzo, el Ministerio de Educación autorizó el funcionamiento de los programas académicos de las carreras de Ingeniería Petrolera, Medio Ambiente, Comercial y Liderazgo Pastoral a Nivel Licenciatura, Agropecuaria, Publicidad y Marketing, Turismo y Hotelería y Parvulario a nivel de técnico superior de UNIDOXA en su sede central de la ciudad de La Paz (fs. 52 a 54).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- III.1. De la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando concurre el principio de subsidiariedad
- Fragmento 13
- III.2. Los recursos administrativos de impugnación en el ámbito público
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR