SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1300/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1300/2015-S1

Fecha: 22-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Instaurado el proceso disciplinario en primera instancia se dictó “Resolución 19/2014” que declaro “probada” la denuncia por las faltas previstas en el                    art 187.14 y 17 de la LOJ; contra la misma se interpuso recurso de apelación, pronunciándose Resolución 466/2014 de 17 de octubre, anulando obrados; y, ordenándose al Juez Disciplinario Primero del Consejo de la Magistratura de la Oficina Departamental de Pando, dicte nueva resolución por ser incongruente.

Una vez devuelto el expediente el citado Juez Disciplinario, pronunció “Resolución Disciplinaria 01/2015 de 12 de enero”, declarando “improbada” la denuncia con relación al art. 187.14 de la LOJ y “probada” respecto al numeral 17 del mismo artículo; empero, ésta decisión, también fue impugnada mediante recurso de apelación, que mereció como resultado la Resolución “SD-AP 196/2015” de 17 de junio, que confirmó en todos sus puntos la Resolución apelada; y, habiéndose agotado todas las instancias posibles y ante la confusión de criterios en el procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Penal para el trámite de excusa y recusación; y, la consecuente lesión a sus derechos, se vio obligado a formular la presente acción de amparo constitucional.