SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1325/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.4.
II.4. Por otra parte, se tiene la Resolución de convocatoria a Asamblea General Estudiantil Universitaria (extraordinaria) de 23 de junio 2015, suscrita por el universitario Víctor René Pozo Manu, como Secretario Ejecutivo de la FUL, cuyo orden del día refiere: Aprobar la convocatoria a elecciones de la FUL 2015-2018; y, aprobación, conformación y posesión del comité electoral (fs. 13). A cuyo efecto el mismo universitario Víctor René Pozo Manu, emitió la Resolución 01/2015 de 24 de junio, que dispone, convocar a elecciones estudiantiles universitarias de la FUL para la gestión académica 2015-2018; la conformación del Comité Electoral compuesto por Roberto Sandoval Montero, Presidente; Alejandro Ayala Ledezma, Vicepresidente; Alexis Aponte López, Secretario; Solange Suárez Zapata, Vocal y Cristian Rivero Chipunavi, Vocal (fs. 15). En este mismo contexto el indicado Comité Electoral, emitió la Convocatoria a Elecciones de la FUL 2015-2018 de 26 de junio de 2015, fijada para el 16 de julio de la gestión citada (fs. 15 a 17).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo