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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2015-S2

    Fecha: 16-Dic-2015

    Artículo. 48.

    II.           Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1. La protección del trabajador para el pago preferente de sus beneficios sociales establecida en el art. 48.IV de la CPE
    • Artículo. 48.
    • Artículo 109.
    • III.2. A
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16

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