SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1326/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.4.
II.4. INSUMOS BOLIVIA, por memorial presentado el 9 de septiembre de 2014, a la Jueza laboral, dedujo reposición bajo alternativa de apelación de la Resolución 322/2014, que fue rechazada a través de la Resolución 286/2014 de 25 de septiembre, contra la que interpuso recurso de apelación; instancia en la cual, la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 036/2015 de 6 de marzo, que revocó en parte la Resolución apelada, disponiendo la retención de fondos en la suma de Bs88 844,31.- de la cuenta del Banco Nacional perteneciente a la empresa EMPRELPAZ S.A., debiendo dicha entidad financiera hacer prevalecer la retención laboral a la civil dispuesta por el Juzgado Séptimo de Partido Civil y Comercial dentro del proceso ejecutivo seguido por INSUMOS BOLIVIA, conforme al art. 48.IV de la CPE, a tal efecto, se oficie a dicha entidad bancaria nacional, que fue ratificado por Auto complementario 074/2015 de 8 de abril (fs. 38 a 42 vta.; 47 a 50).