Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
II.5.
II.5. La parte demandante luego de contestar el recurso de apelación, a través del memorial de 18 de febrero de 2015, solicitó la ejecutoria de la Sentencia al ser evidente que la empresa demandada interpuso el recurso de apelación en forma extemporánea; que en efecto, fue declarada mediante la Resolución 119/2015 de 19 de febrero; por la cual, la Jueza Sexta de Trabajo y Seguridad Social, rechazó el recurso de apelación interpuesto por haber sido presentado fuera del plazo establecido por el art. 205 del CPT (fs. 31 a 32).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Recurso de apelación en materia laboral
- cinco días perentorios;
- III.2. A
- el 15 de septiembre de 2006, teniendo hasta el último momento hábil del 19 del mismo mes y año”
- Fragmento 18