Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1327/2015-S2
Fecha: 16-Dic-2015
III.1. Recurso de apelación en materia laboral
“Notificadas las partes con la sentencia, tienen el término perentorio de cinco días para interponer recursos de apelación fundamentada, del que se correrá traslado que será contestada dentro de igual término, y de tres días tratándose de autos interlocutorios. Vencidos estos términos, los recursos serán rechazados”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Recurso de apelación en materia laboral
- cinco días perentorios;
- III.2. A
- el 15 de septiembre de 2006, teniendo hasta el último momento hábil del 19 del mismo mes y año”
- Fragmento 18