SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1450/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1450/2015-S2

Fecha: 23-Dic-2015

II.1.

II.1.  Cursa la Resolución 10 de 26 de febrero de 2015, dictada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Edgar Fabricio Landívar Melgarejo contra el Directorio Ejecutivo del Colegio Departamental de Abogados de Santa Cruz, integrado por sus Directores: Raúl Roca Arteaga, Juana Molina de Paz, José Alberto Satt Subirana, Sonia Fernández Ripalda y los ex directivos: María Angélica Zapata Velasco, Marcelo Arrázola Weise, Oswaldo Martorell Roca, Ángel Vidal Paz Paz y Roberto Capobianco Achá; que determinó conceder la tutela por haber vulnerado su derecho de petición, disponiendo que: i) En el plazo de 48 horas den respuesta positiva o negativa al accionante; ii) Respecto al derecho político que engendra ser elegido o elector; se ordenó que en el plazo de 48 horas, los cuatro Directores: Raúl Roca Arteaga, Juana Molina de Paz, José Alberto Satt Subirana, Sonia Fernández Ripalda, cesen a los cinco Directores con periodo de funciones vencido, permitiendo con esto que el accionante pueda habilitarse como elector o elegible en justas elecciones; y, iii) Los mismos cuatro Directores, convoquen a Asamblea para elegir comité electoral en un plazo no mayor a cien días, computable a partir de su notificación y a su vez, los miembros del comité electoral elegido debían convocar a elecciones de la Directiva del ICACRUZ, dentro de los cien días subsiguientes, en forma indefectible (fs. 19 a 25 vta.).