Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2015
Fecha: 25-Feb-2015
III.5. Interpretación de las normas impugnadas
Una vez realizadas las precisiones doctrinales, legales y jurisprudenciales, corresponde atender a los argumentos planteados por el accionante, a través de la presente acción, confrontando si corresponde, el texto de las disposiciones impugnadas con las normas de la Constitución Política del Estado demandadas de infringidas y establecer su compatibilidad o incompatibilidad, tarea que será desarrollada a continuación.
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Contenido de la acción
- I.2. Admisión y citaciones
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- superior
- Las funcionarias y los funcionarios permanentes de la Asamblea Legislativa Departamental tienen la condición de servidores públicos
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Artículo 133.
- 1)
- III.2. El principio de separación de funciones
- III.3. Principios a la igualdad y prohibición de discriminación
- III.4. Fundamentos jurídicos constitucionales
- III.5. Interpretación de las normas impugnadas
- III.5.1.
- III.5.2.
- III.5.3.
- CONSTITUCIONALIDAD