Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 3 de diciembre de 2013, cursante de fs. 149 a 150 vta., pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia Penal de San José de Chiquitos, en suplencia legal del Juez de Partido y Sentencia Penal de Puerto Suárez; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Rene Alba
- Sabath Osinaga Severiche
- Mariana Allerding Lancioni
- 1)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- salvando la vía legal correspondiente para hacer valer derechos reales que pudieran tener las partes
- CONFIRMAR