Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2015-S1
Fecha: 02-Feb-2015
II.12.
II.12. Auto interlocutorio definitivo de 14 de febrero de 2013, pronunciado por el Juzgado de Partido y Sentencia en lo Penal y Mixto de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, que resolviendo la apelación interpuesta por María Esther Ortiz Suárez, falla confirmando en forma total, la Sentencia apelada de 31 de agosto de 2012 (fs. 73 y vta.)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Rene Alba
- Sabath Osinaga Severiche
- Mariana Allerding Lancioni
- 1)
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional.
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.2. Análisis del caso concreto
- salvando la vía legal correspondiente para hacer valer derechos reales que pudieran tener las partes
- CONFIRMAR